Nuevo tope imponible para pago de cotizaciones

A partir del 1 de enero del 2020, el nuevo tope imponible mensual que se utilizar谩 para el c谩lculo de las cotizaciones obligatorias del sistema de Pensiones, Salud y Ley de Accidentes del Trabajo ser谩 de UF 80,2.

El tope imponible es el monto l铆mite de sueldo sobre el que rige el 10% de cotizaci贸n obligatoria. Esto significa que todos los sueldos imponibles superiores a esa cifra, en la pr谩ctica, cotizan un efectivo menor al 10% de su remuneraci贸n real. Por ejemplo, un trabajador que tiene este sueldo de $2,27 millones cotiza obligatoriamente lo mismo que uno que gana $3 millones.

La informaci贸n fue entregada por la Superintendencia de Pensiones, quien explic贸 que los reajustes anuales se establecen de acuerdo con la legislaci贸n vigente, que obliga a subirlo cuando el 脥ndice de Remuneraciones Reales que entrega el INE registra variaciones positivas en el a帽o anterior. Entre noviembre de 2018 y noviembre de 2019, este 铆ndice aument贸 1,2%.