Nuevo tope imponible para pago de cotizaciones

A partir del 1 de enero del 2020, el nuevo tope imponible mensual que se utilizará para el cálculo de las cotizaciones obligatorias del sistema de Pensiones, Salud y Ley de Accidentes del Trabajo será de UF 80,2.

El tope imponible es el monto límite de sueldo sobre el que rige el 10% de cotización obligatoria. Esto significa que todos los sueldos imponibles superiores a esa cifra, en la práctica, cotizan un efectivo menor al 10% de su remuneración real. Por ejemplo, un trabajador que tiene este sueldo de $2,27 millones cotiza obligatoriamente lo mismo que uno que gana $3 millones.

La información fue entregada por la Superintendencia de Pensiones, quien explicó que los reajustes anuales se establecen de acuerdo con la legislación vigente, que obliga a subirlo cuando el Índice de Remuneraciones Reales que entrega el INE registra variaciones positivas en el año anterior. Entre noviembre de 2018 y noviembre de 2019, este índice aumentó 1,2%.