Su campo de acción será administrar y cautelar el Fondo de Solidaridad Gremial y el Fondo de Acción Social y Bienestar, proporcionando las ayudas requeridas a los colegiados, proponiendo programas y propuestas en materia de bienestar.
El DAS otorga beneficios a aquellos colegiados que estén al día en sus cuotas gremiales. Estas garantías se pueden solicitar después de 6 meses de incorporación o pasados 3 meses desde una reafiliación al Colegio.
Director: Dr. Rolando Danyau Isla, nombrado por el H. Consejo Nacional.
Comisión directiva:
- Dra. Blanca Martínez Ramírez (secretaria)
- Dra. María Angélica Cereceda Miranda
- Dr. Eduardo Díaz Ramírez
- Dr. Milton Ramos Miranda
Contacto
Correo: colegiados@colegiodentistas.cl
El Fondo de Solidaridad Gremial tiene por objeto entregar los siguientes beneficios:
BONO DE NATALIDAD: $100.000-.
Los colegiados(as) podrán impetrar este beneficio por nacimiento de un hijo(a) o por adopción de un niño(a) no mayor de 7 años. Los colegiados(as) que soliciten este beneficio deberán presentar el certificado de nacimiento o adopción y llenar la solicitud correspondiente en su respectivo Consejo Regional (o en el DAS en el caso de Santiago), dentro de los 90 días siguientes al nacimiento o adopción. Siendo ambos padres o adoptantes colegiados(as), el beneficio se pagará doble. Tiempo mínimo de afiliación 6 meses.
BONO DE MATRIMONIO: $100.000-.
Podrán recibir este beneficio, quienes estando al día en sus cuotas, presenten el correspondiente certificado de matrimonio junto al Formulario de Solicitud firmado por el respectivo Consejo Regional (o en el DAS en Santiago). El plazo para presentar la documentación, es de 90 días desde efectuada la ceremonia. Si ambos cónyuges son miembros del Colegio, el beneficio se pagará de manera individual por cada uno.
ACUERDO DE UNIÓN CIVIL (AUC): $100.000-.
Colegiados(as) que estén con sus cuotas al día y presenten el certificado de Acuerdo de Unión civil, podrán recibir igual beneficio al que se otorga a quienes presenten certificado de matrimonio. De igual forma, si este acuerdo es realizado entre colegiados(as), ambos(as) recibirán el beneficio.
CUOTA DE AUXILIO POR FALLECIMIENTO: 30 UF-.
Se entrega a las personas indicadas por el colegiado/a en la designación de beneficiarios, mediante el seguro de vida actualmente con la compañía de seguros Sura. De no existir designación de beneficiarios firmada por el colegiado, Sura pedirá posesión efectiva para realizar el pago a los herederos de acuerdo a dicho documento.
AYUDA ECONÓMICA NO REINTEGRABLE: $152.000-. mensuales por períodos de hasta 6 meses
Ayuda ocasional o temporal, de libre disposición, por incapacidad física o mental del afiliado(a). Se concederá por períodos de hasta 6 meses renovables, sólo hasta completar 18 meses como máximo y sobre la base de un informe social que previamente conocerá el Consejo de Administración DAS.
En casos calificados, el DAS podrá otorgar en un solo acto la totalidad de esta ayuda correspondiente a 6 meses (valor igual a $912.000-.).
Este beneficio deja exento de pago de cuotas al DAS por el período de la ayuda, siendo el mismo departamento el que asumirá por ese lapso de tiempo el costo de sus cuotas (con cargo al Fondo de Solidaridad Gremial).
BONO DE SALUD COMPENSATORIO: $100.000-.
El Departamento de Acción Social entrega este bono en el caso de aquellos(as) colegiados(as) que hayan sido excluidos del Seguro Complementario de Salud. Este beneficio será pagado una vez al año.
OTROS BENEFICIOS:
- Ayuda excepcional a colegiados(as) en caso de catástrofes. Una sola cuota según consejo nacional.
- Ayuda de hasta un 50% del bono por fallecimiento, solicitado en situaciones especiales y debidamente respaldadas por el informe social.
- Agenda para colegiados(as) con sus cuotas al día: Durante 2015, el Honorable Consejo Nacional del Colegio aprobó la adquisición de una agenda electrónica. Por este motivo, se redujo el número de agendas tradicionales.
Horario de atención:
Lunes a jueves: 9:00 a 18:00 horas.
Viernes: 9:00 a 16:30 horas